jueves, 19 de noviembre de 2009

miércoles, 18 de noviembre de 2009

Instituto colombiano se opone a la adopción de una niña hecha por una lesbiana


El vira Forero, directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) declaró que se impugnará el fallo que concedió la tutela de la hija biológica de una mujer a su pareja lesbiana.Para la funcionaria, un infante necesita de un referente varón y otro mujer: "Acá se habla del imperativo del derecho superior del niño para mantener un referente claro de padre y madre" según declaró, apuntando que, la constitución colombiana declara que el matrimonio está conformado por la unión de un hombre y una mujer. Forero olvidó que, en Colombia, la ley permite la adopción a personas solteras, lo que deja sin fundamento su opinión. Colectivos gays de Colombia y América Latina apoyan a la pareja de lesbianas y están a la espera del último dictamen legal en el que se confirmaría la adopción de la menor."Vamos a impugnar la decisión del juez con el ánimo de respetar la normatividad colombiana", dijo Forero, agregando que se busca proteger a la niña de la exposición mediática que puede afectar su desarrollo y tranquilidad.

martes, 17 de noviembre de 2009

Asesinó a su novia de 14 años que estaba embarazada y se entregó


Una adolescente de 14 años y embarazada de siete meses, murió estrangulada a manos de su pareja quien se entregó ayer al mediodía a efectivos de la Unidad Tercera, donde habría contado los detalles del brutal crimen. Los celos por una relación anterior de la menor habría sido el motivo del asesinato, y según las primeras pericias -previo a su muerte- la víctima recibió una brutal paliza y hasta se especula que podría haber sufrido heridas cortantes en la espalda.

Incluso, una macabra inscripción en el abdomen de la víctima, confirmaría el crimen por problemas de pareja o celos: "Te gané Juan, me la llevé yo". Esa fue la frase que con una birome de tinta azul, escribió el asesino sobre el abdomen de la joven víctima.

Ayer, pasado el mediodía, César Offidani (25 años) llegó a la sede policial y se entregó. "Se me fue la mano y la estrangulé", fueron las primeras palabras que el hombre habría dicho a los efectivos, que comenzaron a atar los primeros cabos.

Es que el sospechoso había sido visto el jueves, cerca de las 21, en inmediaciones al canal principal de riego, unos metros al norte de J. J.Gómez.

A los uniformados les llamó la atención su actitud y sospecharon que quería quitarse la vida. Por eso lo trasladaron hasta la sede policial, donde pasó un par de horas y luego fue entregado a sus familiares, al parecer en medio de una crisis nerviosa.

Pero hasta allí, nadie podía sospechar lo que había sucedido en la pequeña pieza de un inquilinato ubicado en calle Piedra Buena al 1.500, donde Offidani vivía con Daiana Giselle García, su pareja de 14 años de edad, con quien mantenía una relación sentimental desde hace no más de tres meses.

Las primeras averiguaciones, según confiaron fuentes policiales, indicaron que el sospechoso habría mantenido una discusión el jueves por la tarde con la muchacha, quien tenía un embarazo que no superaba los siete meses.

En medio del violento altercado y coincidentemente con lo que relató en sede policial, el joven habría estrangulado a su pareja y luego la dejó tendida en el suelo.

Sin embargo, cuando los investigadores irrumpieron ayer pasadas las 12 en la habitación, se encontraron con un escenario que no coincidía totalmente con esa declaración.

El cuerpo de la adolescente presentaba varios golpes en el rostro y también una serie de lesiones y manchas de sangre en la espalda, por lo que se especula que antes de morir recibió una feroz paliza que le desfiguró el rostro.

Las primeras especulaciones indican que el cuerpo llevaba más de 20 horas en el lugar, por lo que se estima que el joven la habría ultimado antes de ir con su Renault 12 break, hasta la zona del canal principal de riego.

Los primeros efectivos que ingresaron a la humilde vivienda se encontraron con el impactante cuadro de la joven tendida en el suelo y cubierta por una sábana (ver recuadro).

Tras sus pasos comenzaron a llegar los efectivos de la comisaría Tercera que cercaron la vivienda y el personal de la Brigada de Homicidios y Criminalística que comenzaron a realizar las primeras diligencias para intentar recoger elementos para determinar las circunstancias del crimen.

También llegó hasta el lugar la fiscal Elsa Alasino y el juez Rubén Norry, a cargo del juzgado de Instrucción Nº 2, quien siguió de cerca los detalles de todas las diligencias.

Offidani permanecía detenido e incomunicado en la comisaría Tercera y se aguarda que en las próximas horas sea trasladado a tribunales para que preste declaración por el crimen que se le imputa.

lunes, 16 de noviembre de 2009

Asesinó a su novia porque lo había echado de la casa.

La chica, de 22 años, recibió 4 puñaladas en el tórax y una en el cuello que la remató.
Todo empezó con una discusión y terminó de la peor manera, con el cadáver de una joven en la vereda de su casa y al lado su novio, llorando y confesando que era el asesino. Con ese cuadro se encontró ayer en Paraná la comisión policial, Si lo confirma la investigación judicial que está en trámite, será el cuarto femicidio ocurrido en Entre Ríos en lo que va del año.
Un caso más para una lista que suma 12 feminicidios en 2007 y otros 13 durante el 2008 en todo el territorio entrerriano, según registros del Foro por los Derechos de las Mujeres, que agrupa a diferentes organizaciones que trabajan en este tema.
La nueva víctima, que fue identificada como Silvina Grandolio, de 22 años, presentaba cuatro puñaladas en el tórax y tenía clavada en su cuello una cuchilla.
También tenía varias heridas en los brazos, lo que demuestra que intentó defenderse de la agresión. Los investigadores creen que la discusión comenzó dentro de la casa y que la joven intentó llegar a la calle para pedir ayuda.
La Policía llegó al lugar alertada por el llamado de vecinos que escucharon gritos en plena madrugada. Anoche no estaba claro si Grandolio vivía con su novio o lo había echado recientemente de la casa. Tampoco si él estaba bajo tratamiento psiquiátrico o si había estado internado en un hospital neuropsiquiátrico, como indicaba una versión.
Tampoco se había podido determinar, al menos hasta ayer, si la joven ya había denunciado anteriormente malos tratos por parte de su pareja.
El novio de Grandolio estaba en estado de shock y tras ser estabilizado y revisado por los médicos forenses fue trasladado a la Alcaidía de Tribunales, donde quedó a disposición del juez Eduardo Ruhl.
Recién a última hora la Policía giró las actuaciones al Juzgado, por lo que hoy Ruhl decidirá si lo imputa por el asesinato y le toma declaración indagatoria. w
Pero el hecho sirvió para poner al descubierto cómo se incrementaron los casos de violencia familiar en los últimos años.
En el 2007 se iniciaron 1.120 causas judiciales en Paraná, mientras que al año siguiente la cifra trepó a 1.778.
En tanto, en Entre Ríos se registraron 3.554 causas en el 2007 y se verificó un incremento el año pasado, cuando se iniciaron 4.510 expedientes.

sábado, 14 de noviembre de 2009

Adopcion

Se entiende por adopción o filiación adoptiva al acto jurídico mediante el cual se crea un vínculo de parentesco entre dos personas, de forma tal que establece entre ellas relaciones análogas o muy similares a las que resultan jurídicamente de la paternidad.

Las legislaciones establecen unos requisitos mínimos para poder adoptar, entre los cuales son comunes:

1. Una edad mínima del adoptante que suele superar la de la mayoría de edad y, en ocasiones, una edad máxima.
2. Plena capacidad de ejercicio de los derechos civiles.
3. No ser tutor en ejercicio del adoptado.

La adopción reviste dos tipos: plena y simple.

La adopción plena surte los mismos efectos que la filiación por naturaleza, y generalmente el adoptante tiene que reunir unos requisitos más exigentes que en la adopción simple, donde no existe sustitución automática de apellidos ni el hijo adoptado ocupa un lugar similar en el orden de sucesión testamentaria con los hijos naturales.

Argentina

La adopción se encuentra regulada en la ley nacional 24.779, aunque dado el carácter federal del país, las metodologías y especialmente los procesos previos a la adopción y de otorgamiento de la guarda difieren en las distintas jurisdicciones provinciales.

Chile

Esta figura jurídica se encuentra regulada en la Ley 19.620 sobre Adopción de Menores, publicada en el Diario Oficial con fecha 5 de agosto de 1999.
Perú [editar]

El Título II del Código de los Niños y Adolescentes (artículos 115 a 135) define y regula las adopciones.

España

A partir de la entrada en vigor de la Ley 21/1987, de 11 de noviembre, es cuando en España se produce un cambio radical en la concepción de la institución jurídica de la adopción, ya que la ley induce dos principios fundamentales en los que se basa la adopción: la configuración de la misma como un elemento de plena integración familiar y el interés del niño adoptado que se sobrepone a los otros intereses legítimos que se dan en el proceso de la constitución de la adopción. Por otra parte se potencia el papel de las entidades públicas con competencia en protección de menores.

La Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, respecto a la adopción nacional e internacional, introduce la exigencia del requisito de idoneidad de los adoptantes, que debe ser apreciado por la entidad pública, y regula meritoriamente la adopción internacional.

La adopción en nuestra legislación esta pensada para proporcionar una familia a niños o niñas que carecen de ella.

Las familias que desean adoptar a nivel nacional deben presentar su correspondiente solicitud (normalmente en impreso normalizado) a los Servicios de Protección de Menores de sus respectivas Comunidades Autónomas, posteriormente pasaran a una lista de espera para su valoración. El proceso de valoración se lleva a cabo mediante una serie de entrevistas, visitas domiciliarias y presentación de documentación. Las autoridades estudiarán los citados informes hasta que decidan conceder o rechazar la idoneidad de los solicitantes. Una vez valorados y reconocidos como idóneos para la adopción, pasarán a una lista de selección, a los efectos de proponer la asignación de un menor, formalizándose el Acogimiento Familiar preadoptivo (pudiendo ser este administrativo o judicial). Se inicia el procedimiento de acoplamiento del menor en el domicilio familiar y posteriormente se presenta la propuesta de adopción por la entidad pública. El juez, previa valoración de la documentación e informe del fiscal, dictará auto de adopción y finalmente se realizará la inscripción en el Registro Civil, a los efectos de modificar los apellidos.

De conformidad con el art. 175 del Código Civil, los adoptantes deben reunir los siguientes requisitos:

* Ser mayores de 25 años ( basta que uno de ellos haya alcanzado dicha edad).
* Que la diferencia máxima de edad entre adoptado y adoptante no sea superior a 40 años (se hace la media de edad en caso de pareja).
* Haber presentado la correspondiente solicitud en el Registro de Adopciones.
* Poseer unas condiciones psico-pedagógicas y socio-económicas mínimas como pueden ser:
* Que el medio familiar reúna las condiciones adecuadas para la atención del menor respecto a su salud física y psíquica (situación · · Socio-económica, habitabilidad de la vivienda, disponibilidad de tiempo mínimo para su educación).
* En el caso de cónyuges o personas que convivan habitualmente de hecho, que exista una relación estable y positiva. ( Se valora convivencia mínima de 2 años).
* Que existan motivaciones y actitudes adecuadas para la adopción.
* Que exista voluntad compartida por parte de ambos en el caso de ser cónyuges o parejas de hecho.
* Que exista aptitud básica para la educación de un niño.
* Será negativo que los solicitantes condicionen la adopción a las características físicas, al sexo o a la procedencia socio-familiar de los menores, así como la ocultación o falseamiento de datos relevantes para la valoración por parte de los solicitantes.

República Dominicana

República Dominicana maneja a través de instituciones gubernamentales facultadas por la ley 136-03 todo lo relacionado con las Adopciones Internacionales. Buscando siempre a través de las mismas garantizar todo lo mejor para el o la menor adoptado en primer lugar. y en segundo lugar, que los padres adoptantes logren un proceso de adopción que les garanticen otorgar a su nuevo hijo todas las prerrogativas que la ley le confiere como si fuera este un hijo engendrado por estos. Carácter de las Adopciones Internacionales

Los Ciudadanos extranjeros pueden adoptar menores en la República Dominicana, bajo las mismas condiciones previstas para los nacionales dominicanos. Estas son de carácter privilegiado o plenas. A través de esta facultad el niño(a) adoptado ve extinguirse todo parentesco con sus padres o familia biológica, y a su vez los efectos jurídicos con estos.

Las adopciones Internacionales en República Dominicana son de carácter irrevocables ya que el niño(a) obtiene a través de esta un nexo jurídico directo con los padres adoptantes, que le confiere los mismos derechos que son adquiridos por los hijos biológicos incluyendo su nacionalidad.

Las Adopciones Internacionales se dividen en dos etapas. La primera Administrativa, desarrollada por el departamento de adopciones del Consejo Nacional para la Niñez y Adolescencia (CONANI) entidad gubernamental. La segunda parte del proceso es la Administrativa Judicial, cuya entidad responsable es el tribunal de niños niñas y adolescentes de la República.

viernes, 13 de noviembre de 2009

España: ya no hay bodas ni divorcios


La crisis económica obliga a las parejas a postergar las separaciones y también las uniones.
La insoportable crisis que conmueve todos los aspectos de la vida de los españoles ha producido, según el Instituto Nacional de Estadísticas, una caída de los divorcios y separaciones y también del número de matrimonios.
En 2008 se produjeron 118.939 disoluciones de matrimonios. Los divorcios representan el 92,5% de las disoluciones matrimoniales y las separaciones, 7,4 por ciento, y el 0,1 por ciento de las nulidades.
Al mismo tiempo se registró un descenso de más de cinco mil matrimonios en 2008 respecto del año anterior. Todo es económico. El principal problema de muchas parejas jóvenes es que alguno de los dos miembros de la pareja, o los dos, son desocupados.
Así, se han incrementado todos los inconvenientes para que una pareja de jóvenes pueda lograr que un banco le otorgue una hipoteca. Muchos jóvenes se han ido a vivir con sus padres o no abandonan el hogar familiar. Otros se casan y acaban por vivir con los padres de él o de ella. Si alguno de los miembros de la pareja pierde su trabajo los problemas para encarar una vida en solitario se vuelven dramáticos.
Algunos datos que completan el panorama es que en las parejas que se divorcian o separan tienen, en promedio, unos 40 años de edad y una media de 15,4 años viviendo juntos.
En el 2008 se disolvieron 116 matrimonios homosexuales, 69 de hombres y 47 de mujeres. El 54% de los matrimonios disueltos tenía hijos menores de edad y la custodia correspondió en el 86% a las madres. Por comunidades autónomas la que más registró tasas de rupturas matrimoniales fue Melilla (3,58%), seguida de Canarias (3,28%).

jueves, 12 de noviembre de 2009

Matrimonios forzados en Europa

Informe sobre los matrimonios forzados en Europa
Autor AMDG on Lunes 19 Junio 2006
Western Resistance presenta un informe detallado sobre este fenómeno que la inmigración ha traído a Europa. No nos referimos a los matrimonios muñidos por las familias, sino a los realizados contra la voluntad de la mujer, muchas veces una adolescente, o tras una presión que consideramos excesiva para nuestras costumbres. Resumo los principales puntos:
HOLANDA: Son frecuentes y están relacionados con otros fenómenos como la violencia doméstica, los crímenes de honor y el abandono de esposas en su país de origen.
BÉLGICA: Es el primer país de la UE que los prohíbe; también están prohibidos en Noruega, que no pertenece a la UE. Un senador belga de origen marroquí ha tenido que esconderse tras denunciar en el Consejo de Europa esta práctica. Un informe de 1999 sobre el fenómeno indicaba que en el caso de los inmigrantes procedentes de Turquía el 13% de las chicas entre 17 y 24 años habían sido forzadas a casarse. En el caso de las marroquíes el porcentaje era del 8%.
TURQUÍA: Aunque no es un país europeo lo pretende. El informe se centra en la reciente plaga de “suicidios”, de la que hemos tratado aquí.
ALEMANIA: Se han dado 40 casos de “asesinatos de honor” desde 1996. Reportajes televisivos afirman que hay unas 30000 esposas forzadas viviendo en Alemania. Se presenta el caso de una chica turca, Hatun Surucu, asesinada por sus hermanos. La enviaron a Turquía con 15 años para casarla por la fuerza. Huyó de vuelta a Alemania a los 17, embarazada. Sus hermanos la asesinaron porque había decidido “vivir como una alemana” (¿?). La familia hizo que la culpa recayera solo sobre le hermano menor (nueve años y tres meses de cárcel). Tras el juicio anunciaron que celebrarían una fiesta y fueron fotografiados dando un paseo por el parque, sonrientes y gozosos (Aquí teneis un artículo y foto, en la prensa local española). Cuando el asesinato se produjo, los alumnos musulmanes de una escuela local se exhibieron públicamente aplaudiendo el crimen. Ahora piden la patria potestad del huérfano…

Hatun Surucu
AUSTRIA: Existe una organización llamada Oriente Express dedicada a ayudar a las chicas forzadas a casarse. Ha “rescatado” 28 jóvenes en los últimos meses.
FRANCIA: Un informe de 2003 estima en 70,000 los casos de matrimonio forzado e Francia. En marzo de este año se elevó la edad legal para casarse a los 18 años, para evitar los matrimonios forzados de adolescentes. Por cierto, habíamos hablado aquí de NPNS. Tienen 6000 asociados a 20 EUR por socio da un presupuesto de 120.000 EUR.
GRAN BRETAÑA: En los últimos cuatro años la UK Home Office (ministerio de Interior) ha tratado 1000 casos. El clima de “corrección política” impide el tratamiento legal del problema. La ministra del ramo ha negado que tengan nada que ver con la religión. Pocas veces se ve tan claramente un ejemplo de táctica del avestruz:
Baroness Scotland, Home Office minister, said: "Forced marriage is part of no one's culture and I think some people conflate arranged marriage, which is consensual and perfectly proper, with marriages where people are forced into it. No religion, no cultural norm says that is OK. It is a breach of human rights."
Los musulmanes han respondido a la altura de las circunstancias. El prescíndete saliente del Muslim Council for Britain, "Sir" Iqbal Sacranie (¡Sí, le dieron título de Sir!), que apoyaba a terroristas como bin Laden (a quien quiso traer a Gran bretaña en 1996) y a Hamas, se opuso siempre a la ilegalización de los matrimonios forzados, porque “forzaría a los hijos a acusar en juicio a los padres y podría estigmatizar a la comunidad musulmana” (¿Estigmatizar?) El nuevo presidente, Dr Muhammad Abdul Bari, ha declarado este mismo sábado día 10 en una entrevista en el Telegraph que "no solo es que apruebe los matrimonios apañados, sino que cree que los británicos deberían aprender de los musulmanes y adoptarlos también”